(Ley No. 2002-100)
Notas:
Por disposición de su artículo final, este Código entró en vigencia después de transcurridos ciento ochenta días contados a partir de su publicación en el Registro Oficial, es decir, el 3
de julio de 2003.
- La presente norma deroga el Código de Menores y el Reglamento General al Código de Menores, que pueden ser revisados en nuestra sección histórica